Ganancias | RG 5916/2026
Ganancias simplificado: ARCA aclara plazos y trámites para convalidar la opción por los períodos 2025 y 2026
Redacción Ramacontable · 2 de noviembre de 2026
Los contribuyentes que adhirieron al régimen simplificado de Ganancias bajo la RG 5704 deben convalidar su opción para el período 2025 antes del 30 de octubre. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) también precisó los plazos para ratificar la permanencia en 2026.
¿Quiénes deben realizar el trámite de convalidación?
La medida alcanza a los contribuyentes que ingresaron al Impuesto a las Ganancias bajo la modalidad simplificada de la Resolución General (RG) 5704. Según aclaró la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estos sujetos deben convalidar la adhesión por el período fiscal 2025 para adecuar la opción ejercida originalmente (bajo el Decreto 353/2025) al régimen establecido por la Ley 27.799.
¿Cuál es la fecha límite para 2025?
El plazo para realizar la convalidación por el período fiscal 2025 vence el viernes 30 de octubre. Es fundamental destacar que la falta de este trámite implica el desistimiento de la opción simplificada, lo que conlleva la aplicación automática del régimen general del impuesto.
Procedimiento en Sistema Registral y pagos
La gestión debe realizarse a través del servicio 'Sistema Registral', donde figuran la adhesión original y las caracterizaciones del contribuyente. Aquellos que ya completaron la opción, presentaron la declaración jurada (DDJJ) y regularizaron el saldo, ya tienen cumplidas dichas gestiones.
En cuanto a los aspectos económicos, la opción excepcional por 2025 requiere que el saldo resultante haya sido cancelado al vencimiento previsto. Si surgen diferencias a favor del fisco al presentar la DDJJ, deben pagarse con los intereses resarcitorios correspondientes.
Ratificación para el período fiscal 2026
Para confirmar la permanencia en el régimen simplificado durante el período 2026, se debe realizar una ratificación. Este trámite puede efectuarse al momento de presentar la DDJJ simplificada del período anterior o hasta el vencimiento general de la presentación del período que se ratifica.
| Concepto | Período | Plazo de vencimiento |
|---|---|---|
| Convalidación (RG 5704) | 2025 | 30 de octubre |
| Ratificación permanencia | 2026 | Vencimiento DDJJ 2026 |
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si no convalido la opción antes del vencimiento?
La falta de convalidación se considera un desistimiento de la opción por el régimen simplificado y se aplicará el régimen general del impuesto.
¿Puedo pasarme al régimen simplificado si ya presenté por el régimen general?
Sí, pueden optar quienes presentaron por el régimen general y pagaron el saldo en término, confeccionando una nueva declaración jurada bajo la modalidad simplificada.
¿Cómo se confirma la permanencia para el año 2026?
Se debe realizar la ratificación hasta el vencimiento de la presentación de la declaración jurada correspondiente al ejercicio 2026.
Fuente: Resolución General ARCA 5916/2026; Ley 27.799 y Decreto 353/2025.
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