Trabajadores rurales | Resolución RENATRE 102/2026
RENATRE aumenta 5% la prestación por desempleo en noviembre 2026: montos mínimo y máximo
Redacción Ramacontable · 2 de noviembre de 2026
El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) dispuso un incremento del 5% en la Prestación por Desempleo ordinaria a través de la Resolución 102/2026. A partir del 1 de noviembre de 2026, el monto mínimo se ubica en $210.000 y el máximo en $420.000. La medida deroga los valores fijados anteriormente por la Resolución 76/2026.
¿Cuáles son los nuevos montos de la prestación por desempleo?
A partir de la Resolución 102/2026 del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), se aprobó un incremento del 5% en la prestación por desempleo ordinaria contemplada en la Ley 25.191. Con este ajuste, los Topes vigentes desde el 1 de noviembre de 2026 quedan configurados de la siguiente manera:
| Concepto | Monto anterior (Res. 76/2026) | Nuevo monto (Res. 102/2026) |
|---|---|---|
| Monto Mínimo | Vigente hasta octubre 2026 | $210.000 |
| Monto Máximo | Vigente hasta octubre 2026 | $420.000 |
Cabe destacar que el valor de $420.000 opera como un tope máximo de la prestación y no constituye un importe fijo ni uniforme para la totalidad de los beneficiarios del sistema.
¿A quiénes alcanza y desde cuándo rige?
La medida alcanza a los trabajadores rurales beneficiarios del sistema de prestación por desempleo de la Ley 25.191. De acuerdo con el artículo 2 de la norma, los nuevos valores entran en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2026, a pesar de que la resolución se publicó en el Boletín Oficial el 2 de noviembre de 2026.
El artículo 1 de la norma deroga de forma expresa la Resolución RENATRE 76/2026, la cual determinaba los importes anteriores aplicados desde agosto de 2026.
¿Se modifican las contribuciones o los requisitos de acceso?
La Resolución 102/2026 actualiza exclusivamente los límites del beneficio económico. No se introducen modificaciones en los requisitos para acceder a la prestación, la duración de la misma ni el trámite de solicitud.
Asimismo, tampoco se modifica la contribución patronal. Tal como contempla el artículo 14 de la Ley 25.191, se mantiene la alícuota del 1,5% a cargo del empleador rural sobre el total de la remuneración abonada a cada trabajador con destino al RENATRE. El financiamiento de este aumento se afrontará con los recursos previstos en el artículo 13 de dicha ley.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el monto máximo de la prestación por desempleo rural en noviembre de 2026?
El tope máximo asciende a $420.000 a partir del 1 de noviembre de 2026, según la Resolución RENATRE 102/2026.
¿Cuál es el monto mínimo de la prestación por desempleo de RENATRE?
El importe mínimo de la prestación por desempleo ordinaria se estableció en $210.000 a partir de noviembre de 2026.
¿Cambia la alícuota de la contribución patronal al RENATRE?
No, se mantiene sin cambios la contribución mensual a cargo del empleador rural del 1,5% sobre la remuneración abonada al trabajador.
Fuente: Resolución RENATRE 102/2026
Información de carácter general. Se recomienda verificar siempre en las fuentes oficiales. Cada profesional es responsable de su aplicación. Pendiente de verificación con fuente oficial.
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