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Paritarias concesionarios | CCT 499/23

SMATA y ACARA acordaron las escalas salariales para el último trimestre de 2026

Redacción Ramacontable · 1 de noviembre de 2026

En corto

El SMATA y ACARA firmaron un acuerdo salarial que actualiza los haberes básicos del CCT 499/23 para el período octubre-diciembre de 2026. Los valores de octubre y noviembre se mantienen idénticos, con una nueva actualización fijada para diciembre. Además, se definieron pautas de comisiones mínimas y clasificación de personal.

Alcance y vigencia del acuerdo

El Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor (SMATA) y la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) suscribieron el 28 de octubre de 2026 una actualización para los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 499/23. La vigencia abarca los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2026, tomando efecto a partir del 1° de octubre.

¿Cómo se aplican los nuevos valores salariales?

El incremento opera sobre los salarios básicos vigentes al 30 de septiembre de 2026 mediante los valores fijados en el Anexo I del acta. El texto no establece un porcentaje general único de incremento, por lo que la liquidación debe efectuarse directamente según los importes nominales asignados a cada categoría.

Los montos de la escala corresponden a haberes básicos mensuales brutos, es decir, antes de computar los descuentos de ley y los adicionales convencionales pertinentes a cada empleado. Para los meses de octubre y noviembre de 2026 rigen idénticos básicos, mientras que para diciembre de 2026 se aplica un nuevo ajuste.

Pautas para vendedores y categorización del personal

La documentación convencional actualiza los importes mínimos garantizados para el personal de ventas. Asimismo, ratifica que los vendedores cuentan con una garantía mínima de comisión del 0,5% calculada sobre el precio de venta, exenta de impuestos.

Por otra parte, se recuerda el encuadre operativo que exige que al menos un 10% de la dotación de la empresa esté clasificada en las categorías de Administrativo Múltiple Especializado y de Especialista Múltiple Superior en Servicios.

Homologación y próxima revisión

Las entidades gremial y empresaria asumieron el compromiso de presentar el instrumento ante la autoridad administrativa laboral para requerir su homologación. No obstante la tramitación oficial, convinieron su aplicación inmediata y de carácter obligatorio desde el momento de la rúbrica, garantizando la paz social.

Finalmente, las partes pactaron volver a reunirse para reanudar el tratamiento salarial a partir del 1° de enero de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se firmó el acuerdo salarial y desde cuándo rige?

Se firmó el 28 de octubre de 2026 y rige de forma inmediata y obligatoria desde el 1° de octubre de 2026 para el trimestre octubre-diciembre.

¿Hay un porcentaje general de aumento pactado?

No, el acta no expresa un porcentaje unificado; la liquidación se debe realizar aplicando los valores nominales fijados para cada categoría en la escala.

¿Cuál es la comisión mínima establecida para el personal de ventas?

Los vendedores tienen garantizado un mínimo de comisión del 0,5% sobre el precio de venta, el cual se encuentra exento de impuestos.

¿Cuándo se reunirán nuevamente las partes para negociar salarios?

SMATA y ACARA acordaron retomar las negociaciones paritarias a partir del 1° de enero de 2027.

Fuente: Acuerdo salarial SMATA – ACARA del 28/10/2026 (CCT 499/23)

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