Impuesto a los Automotores | Resolución Normativa ARBA 24/2026
Exención de Automotores 2026 para colectivos en PBA: ARBA reglamenta el trámite automático
Redacción Ramacontable · 2 de noviembre de 2026
ARBA reglamentó el procedimiento para otorgar la exención del Impuesto a los Automotores 2026 a empresas de transporte público urbano y suburbano en la Provincia de Buenos Aires. Los contribuyentes no deberán hacer trámites directos, sino que el Ministerio de Transporte bonaerense enviará la información mensualmente. El beneficio se otorgará según la fecha de afectación y se notificará por el Domicilio Fiscal Electrónico.
¿En qué consiste la medida de ARBA?
Mediante la Resolución Normativa 24/2026, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó el procedimiento automático para aplicar la exención del Impuesto a los Automotores del ejercicio fiscal 2026, prevista en el artículo 183 de la Ley Impositiva 15558.
¿A quiénes alcanza la exención?
El beneficio beneficia a las empresas prestatarias del servicio regular de transporte público de pasajeros por automotor, de carácter urbano y suburbano de jurisdicción provincial. La exención aplica exclusivamente sobre las unidades comprendidas en el inciso D) del artículo 33 de la Ley 15558 que se encuentren afectadas efectivamente a la prestación de dicho servicio.
¿Cómo se gestiona el beneficio?
Los titulares o adquirentes de los vehículos no podrán solicitar el beneficio directamente ante ARBA. En su lugar, el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires comunicará mensualmente a la agencia de recaudación, a través de su sitio web oficial, la nómina de dominios, la CUIT de las empresas y la fecha de afectación al servicio.
Con dicha información, ARBA resolverá el otorgamiento, la denegación, la modificación o el cese del beneficio mediante actos administrativos que serán notificados al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). En los casos de pluralidad de obligados al pago sobre un mismo vehículo, la exención se aplicará únicamente a quienes cumplan los requisitos y en el porcentaje correspondiente.
¿Desde cuándo rige la exención?
La norma establece que la exención comenzará a regir a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial, realizándose el primer envío de información durante el mes posterior. Si la fecha de afectación del vehículo al servicio informada por el Ministerio de Transporte es previa al 1° de enero de 2026, el beneficio tributario se reconocerá con vigencia desde esa misma fecha.
Preguntas frecuentes
¿Se puede tramitar la exención de Automotores directamente en ARBA?
No, los contribuyentes no pueden solicitar el beneficio de forma directa. Es el Ministerio de Transporte provincial el encargado de enviar mensualmente los datos a ARBA.
¿Qué sucede si la afectación del colectivo al servicio es anterior a 2026?
Si la fecha de afectación informada por la Autoridad de Aplicación es anterior al 1° de enero de 2026, el beneficio se reconocerá a partir del 1° de enero de 2026.
¿Cómo se notifica la aprobación o denegación de la exención?
ARBA emitirá el acto administrativo correspondiente y notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente.
Fuente: Resolución Normativa ARBA 24/2026
Información de carácter general. Se recomienda verificar siempre en las fuentes oficiales. Cada profesional es responsable de su aplicación. Pendiente de verificación con fuente oficial.
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