Guía | Ley de Jornada de Trabajo N° 11.544 y Ley de Contrato de Trabajo
Horas extras: recargos aplicables y procedimiento para su correcta liquidación
Redacción Ramacontable · Guía actualizada al 1 de noviembre de 2026
Esta guía práctica detalla cómo calcular y liquidar las horas suplementarias en Argentina según el momento de su prestación. Explica los porcentajes de recargo vigentes, la determinación del valor hora y las particularidades relativas a aportes patronales e impositivos.
Alcance y marco normativo de las horas suplementarias
El régimen laboral argentino establece límites a la duración de la jornada de trabajo a través de la Ley N° 11.544 y la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) N° 20.744. Aquellas tareas prestadas por el trabajador en exceso de la jornada legal o convencional se consideran horas extraordinarias o suplementarias, debiendo abonarse con un recargo sobre el salario habitual.
Recargos aplicables según el momento de prestación
El porcentaje de recargo que corresponde aplicar varía según el día y la hora en que se realizan las tareas suplementarias, de acuerdo con las pautas legales vigentes:
| Días y horarios de prestación | Recargo aplicable |
|---|---|
| Días hábiles (lunes a viernes y sábados hasta las 13:00 hs) | 50% |
| Sábados después de las 13:00 hs, domingos y feriados | 100% |
Determinación de la base de cálculo y valor hora
Para determinar el importe de las horas extraordinarias, se debe obtener en primer término el valor de la hora ordinaria del trabajador dividiendo su sueldo básico remunerativo habitual (más los adicionales fijos convencionales) por el divisor horario mensual que establezca su Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) o la pauta legal aplicable. Sobre dicho valor hora base se incrementa el 50% o el 100% según corresponda.
Ejemplo ilustrativo de cálculo: Supóngase un salario básico mensual regular de $100.000 y un divisor estándar de 200 horas mensuales. El valor hora habitual resulta en $500 ($100.000 / 200). Para una hora extra al 50%, el valor hora computable asciende a $750 ($500 + 50%). Para una hora extra al 100%, el valor computable resulta de $1.000 ($500 + 100%).
Exclusiones en las bases de aportes y contribuciones convencionales
A nivel de cargas del convenio colectivo, el Decreto N° 612/2026 (reglamentario del art. 9° de la Ley N° 14.250) precisa que las horas extras no integran la base de cálculo de los aportes y contribuciones fijados en las convenciones colectivas de trabajo, por carecer de los caracteres de normalidad, habitualidad y pago mensual.
Consideraciones sobre la reforma laboral y su estado procesal
El fuero laboral dictó una medida cautelar en el expediente 'CGT c/ Estado Nacional' (Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63), resolviendo la suspensión provisoria de diversos artículos de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral. Entre las normas afectadas por la suspensión se encuentran reformas referidas al banco de horas (art. 197 bis LCT) y adaptaciones de jornada (art. 198 LCT), así como la derogación del límite a la jornada del art. 6° de la Ley 11.544. Hasta tanto exista una resolución definitiva, rige el marco previo sin aplicar los puntos suspendidos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se liquida el recargo del 50% en las horas extras?
Corresponde un recargo del 50% cuando el trabajo suplementario se realiza en días hábiles de lunes a viernes o los días sábados antes de las 13:00 horas.
¿Cuándo corresponde aplicar el recargo del 100%?
Se aplica el 100% de recargo si las horas suplementarias se cumplen los días sábados después de las 13:00 horas, domingos o feriados nacionales.
¿Las horas extras integran la base imponible para aportes de CCT?
De acuerdo con el Decreto 612/2026, las horas extras quedan excluidas de la base de cálculo de los aportes y contribuciones previstos en las convenciones colectivas bajo la Ley 14.250.
¿Qué ocurrió con la flexibilización de la jornada laboral y el banco de horas?
Las disposiciones de la Ley 27.802 vinculadas a la jornada y al banco de horas fueron suspendidas por una medida cautelar dictada por el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63.
Fuente: Ley N° 11.544, Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, Decreto N° 612/2026 y medida cautelar del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 en la causa CGT c/ Estado Nacional.
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