Impuesto a las Ganancias | RG Conjunta 5919 (ARCA - RPJEC Santa Fe)
Régimen simplificado de información contable para asociaciones civiles de Santa Fe: pautas de la RG Conjunta 5919
Redacción Ramacontable · 2 de noviembre de 2026
ARCA y el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) de Santa Fe formalizaron la Resolución General Conjunta 5919. La norma habilita un Estado de Recursos y Gastos simplificado en reemplazo de los estados contables tradicionales para asociaciones civiles encuadradas en la Categoría I de la jurisdicción. La medida impacta en la tramitación del certificado de exención de Ganancias y en la presentación anual del balance.
¿En qué consiste el nuevo régimen y cuál es la norma marco?
Mediante la Resolución General Conjunta 5919, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública de la Provincia de Santa Fe aprobaron un modelo de Estado de Recursos y Gastos. Este documento constituye un régimen simplificado de información contable que sustituye la obligación de presentar estados contables tradicionales en los términos del inciso b) del artículo 4 de la RG 4626, además de ser válido a los fines del certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias regulado por la RG 2681 (artículos 3, incisos f y h, y 26).
¿A quiénes alcanza el beneficio y quiénes quedan excluidos?
La opción alcanza a las asociaciones civiles inscriptas y fiscalizadas por el RPJEC de Santa Fe que se encuentren comprendidas en la Categoría I (artículo 18 del Reglamento General para la Tramitación Digital - RGTD) y cuyos ingresos totales anuales no superen el monto máximo establecido para la Categoría H del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) vigente al cierre de cada ejercicio económico (parámetro que el RPJEC podrá actualizar por resolución específica). La norma aclara que la referencia al Monotributo opera solo como límite de ingresos y no exige la inscripción de la entidad en dicho régimen. Quedan excluidas expresamente de esta opción las asociaciones civiles que no tengan órgano de fiscalización.
¿Cómo se confecciona y cómo debe presentarse?
La simplificación no excluye la obligación de llevar registros contables conforme al Código Civil y Comercial de la Nación; el Estado de Recursos y Gastos debe confeccionarse sobre la base de dichos registros. El modelo aprobado expone de manera global los recursos, gastos y el resultado (superávit o déficit) del período, e identifica al profesional contable o responsable de la entidad con su CUIT, carácter y firma. La asociación debe presentar el documento ante ARCA mediante el servicio con Clave Fiscal 'Presentación Única de Balances (PUB)'. El plazo de presentación es el fijado en la RG 4626 (hasta el último día del sexto mes posterior al cierre del ejercicio comercial, considerando los traslados por días inhábiles). Por su parte, el RPJEC informará a ARCA las entidades que ejercieron la opción enviando el formulario de declaración jurada 1266 dentro de los 15 días hábiles administrativos siguientes a la presentación provincial. Tras ello, ARCA registrará a la entidad en el Sistema Registral con el código '(628) – Asociaciones civiles – SANTA FE'.
¿Desde cuándo rige y cómo es la regularización para ejercicios anteriores?
La Resolución General Conjunta 5919 entra en vigencia el 2 de noviembre de 2026 y aplica para los ejercicios económicos iniciados a partir del 1 de enero de 2026. Adicionalmente, las asociaciones que cumplan las condiciones del régimen y adeuden la presentación de estados contables de períodos anteriores a la vigencia de la norma, podrán regularizar su situación utilizando este modelo simplificado hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.
Preguntas frecuentes
¿El uso del Estado de Recursos y Gastos simplificado exime de llevar contabilidad?
No. La simplificación contable no elimina la obligación de llevar registros contables de acuerdo con el Código Civil y Comercial de la Nación y demás normativas aplicables; la información del Estado debe volcarse sobre la base de tales registros.
¿Qué plazo de presentación aplica para el Estado de Recursos y Gastos ante ARCA?
Las asociaciones deben presentarlo a través del servicio con Clave Fiscal PUB hasta el último día del sexto mes posterior al cierre del ejercicio comercial, de acuerdo con el régimen de la RG 4626.
¿Hasta cuándo se pueden regularizar balances de ejercicios anteriores atrasados?
Las entidades alcanzadas por la norma que deban presentaciones de estados contables de períodos anteriores podrán regularizarlas mediante este modelo simplificado hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.
¿La presentación del esquema simplificado otorga automáticamente la exención en Ganancias?
No. Presentar el Estado de Recursos y Gastos simplificado sirve para cumplir con el requisito de documentación contable ante el régimen de la RG 2681, pero no otorga automáticamente la exención ni reemplaza el resto de los requisitos normativos.
Fuente: Resolución General Conjunta 5919 (ARCA - Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos de Santa Fe)
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