Guía | Ley de Impuesto a las Ganancias y Decreto 652/2024
Ganancias Cuarta Categoría: Guía Completa de Retenciones sobre Sueldos
Redacción Ramacontable · Guía actualizada al 3 de noviembre de 2026
Instrucciones detalladas para que liquidadores de sueldos apliquen las retenciones de Ganancias a empleados, incluyendo las actualizaciones por IPC, el tratamiento del SAC y la nueva deducción especial.
Sujetos alcanzados y marco normativo
El Impuesto a las Ganancias sobre la cuarta categoría recae sobre los ingresos derivados del trabajo personal en relación de dependencia (art. 82, Ley de Ganancias). Tras las modificaciones de la Ley 27.743 y el Decreto 652/2024, se reestableció el esquema de deducciones personales y escalas progresivas para todos los empleados, eliminando el régimen cedular anterior para la mayoría de los trabajadores.
Mecanismo de actualización 2025
A partir del período fiscal 2025, los importes de las deducciones personales (art. 30) y los tramos de la escala de alícuotas (art. 94) se ajustarán semestralmente.
| Momento de actualización | Base de cálculo (Coeficiente IPC) |
|---|---|
| 1° de enero | Variación IPC de septiembre a diciembre del año anterior (excepcional para 2025). |
| 1° de julio | Variación IPC del semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior. |
Cómo se calcula la retención paso a paso
La liquidación se rige por el criterio de lo percibido (art. 18, Ley de Ganancias). Esto significa que la información debe imputarse al mes en que efectivamente se cobra el sueldo, independientemente de cuándo se devengó.
1. Determinar la Ganancia Bruta: Sumar todos los conceptos remunerativos y no remunerativos, incluyendo bonos por productividad y fallos de caja (estos últimos exentos hasta el 40% del MNI para sueldos brutos que no superen el tope legal). 2. Cómputo del SAC: Los agentes de retención deben añadir mensualmente una doceava parte (1/12) del Sueldo Anual Complementario a la remuneración para prorratear el impacto del impuesto. 3. Restar Deducciones Admitidas: Descontar aportes jubilatorios, obra social y deducciones generales informadas por el empleado vía F.572 Web (Siradig). 4. Aplicar Deducciones Personales: Restar Ganancia No Imponible (MNI), Cargas de Familia (cónyuge e hijos menores de 18 años o incapacitados) y Deducción Especial (art. 30). 5. Aplicar Escala: Sobre la Ganancia Neta Sujeta a Impuesto resultante, aplicar la tabla del art. 94 para determinar el impuesto anual y detraer las retenciones ya realizadas.
Deducciones generales y específicas
Se destacan las siguientes deducciones vigentes según el Decreto 652/2024:
| Concepto | Detalle de la deducción |
|---|---|
| Alquiler casa-habitación | Deducción del 10% del total anual abonado (art. 85, inc. k). |
| Servicio doméstico | Importes abonados como contraprestación y contribuciones patronales. |
| Personal de pozo | Exención específica para personal en boca de pozo (exploración/producción), excluyendo administrativos. |
Deducción especial para evitar la retroactividad
Para el período 2024, el Decreto 652/2024 estableció una deducción especial para los ingresos percibidos entre el 01/01/2024 y el 30/06/2024. Su objetivo es que el incremento del impuesto por los cambios normativos sea igual a cero para dicho lapso, actuando como un ajuste técnico en la liquidación anual.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se actualizan las escalas en 2025?
Se actualizan dos veces al año: el 1° de enero y el 1° de julio, siguiendo la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
¿Cómo se trata el SAC en el cálculo mensual?
Se debe dividir el SAC por 12 y añadir esa doceava parte a la remuneración de cada mes para el cálculo de la retención, según el art. 1 del Decreto 652/2024.
¿Qué familiares se pueden deducir como carga de familia?
El cónyuge (o unión convivencial) y los hijos, hijas, hijastros o hijastras menores de 18 años o incapacitados para el trabajo, siempre que sean residentes y no tengan ingresos superiores al MNI.
¿Sigue vigente la exención de horas extras?
El Decreto 652/2024 derogó la exención sobre la diferencia del valor de horas extras en días feriados o fines de semana que estaba prevista en la reglamentación anterior.
Fuente: Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. 2019), Ley 27.743 de Medidas Fiscales, Decreto 652/2024.
Información de carácter general. Se recomienda verificar siempre en las fuentes oficiales. Cada profesional es responsable de su aplicación. Pendiente de verificación con fuente oficial.
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